jueves, noviembre 21, 2024

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A partir del 1º de marzo será obligatorio registrar los contratos de alquiler en AFIP

La AFIP reglamentó el artículo 16 de la ley 27551 (ley de alquileres).

Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados manifestó “Con el registro de contratos de alquiler en afip se abre una nueva etapa en las políticas de vivienda en argentina. Ahora se podrá saber quiénes conforman el negocio del acceso a la vivienda y quiénes alquilan y bajo qué condiciones. Medida fundamental para que los gobierno puedan llevar adelante políticas públicas para mejorar las condiciones del acceso a la vivienda. Por último, con esta medida, se termina la posibilidad del incumplimiento de la ley de alquileres. Estamos muy orgullosos de la ley de alquileres y la seguiremos defendiendo hasta que se implemente y se controle en su totalidad”.

Según la reglamentación de la AFIP que se publicará el día de mañana en el boletín oficial, todos los contratos de alquiler celebrados por escrito o palabra a partir del 1º de julio de 2020 para vivienda deberán ser registrados en afip.
Esto podrá llevarse adelante por los propietarios (quienes están obligados), los intermediarios (inmobiliarias) o los inquilinos.
En un mercado que se calcula el 80% se maneja en la informalidad es fundamental esta medida para terminar con una evasión multimillonaria, para que los inquilinos reciban facturas y puedan hacer cumplir sus derechos.
Además, los propietarios que quieran llevar adelante juicios de desalojos deberán haber declarado el contrato de alquiler previamente.

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